Claves del Convenio Colectivo Sectorial de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
En la Resolución del 26 de febrero de 2019, la Comunidad de Madrid decidió inscribir en el Registro Especial de Convenios Colectivos el convenio del Sector de Limpieza de Edificios y Locales, suscrito por AELMA, ASPEL, CC OO y UGT, el día 10 de diciembre de 2018. Este Convenio es el que está vigente en la actualidad desde el 1 de enero de 2018 y hasta el año 2021 y el que cualquier empresa de limpieza en Madrid debe acatar para desarrollar su actividad. Vamos a ver los puntos más importantes de este convenio.
Plazas Vacantes
Según reza en el Artículo 9, las empresas de limpieza cubrirán las plazas vacantes que necesite el cliente en un plazo máximo de siete días, ya sea por excedencia o incapacidad temporal. Los responsables de la empresa deberán ser informados sobres las vacantes y su cobertura.
En el caso de baja definitiva y, siempre que el puesto de trabajo sea mantenido, los trabajadores del centro donde se ofrece el servicio de limpieza tienen prioridad por orden de solicitud escrita para ocupar el puesto vacante. Será necesario contar con el informe del comité de empresa sobre los trabajadores que optan al puesto.
Períodos de prueba
Según aparece en el Artículo 10 del convenio, se establece un período de prueba para las personas que ingresan en la empresa, pero sólo si consta por escrito. Estos son los períodos de prueba por grupos:
Grupo I: Personal Directivo y Técnicos Titulados en grado superior y medio: Seis meses.
Grupo II: Personal administrativo: Dos meses.
Grupo III: Mandos intermedios: Dos meses.
Grupo IV: Personal operario: Quince días.
Durante este período, tanto la empresa como los trabajadores podrán rescindir unilateralmente el contrato de trabajo sin preaviso ni indemnización. Una vez concluido el mismo, el trabajador ingresará en la empresa computándose el período de prueba a efectos de antigüedad si la hubiere. En cualquier caso, el trabajador durante el período de prueba percibirá como mínimo la remuneración correspondiente al grupo profesional al que fue contratado.
Derechos de los trabajadores
El Artículo 12 del convenio dice que los trabajadores tienen derecho a disponer de un trabajo efectivo y de acuerdo con su grupo profesional, con las excepciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores; a la formación profesional en el trabajo; a no ser discriminados por razones de sexo, estado civil, por edad, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato; a su integridad física y a una adecuada política de seguridad y salud; al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad; a la percepción puntual de la remuneración pactada y al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.
Obligaciones de los trabajadores
El Artículo 13 dice que los trabajadores tienen como deberes básicos: cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia; observar las medidas de seguridad y salud que se adopten; cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas; no concurrir con la actividad de la empresa; contribuir a la mejora de la productividad.
El trabajador cuidará de los útiles, herramientas, equipo, vestuario y máquinas que se le confíen para el desarrollo de su trabajo, manteniéndolos en perfecto estado de conservación y limpieza y dando cuenta al empresario o sus representantes de las faltas o defectos que pudiera haber en los mismos para su conocimiento y posible subsanación, con la pretensión de mantener la calidad de servicio.
Grupos profesionales
En el Artículo 17 del convenio aparecen los siguientes grupos profesionales:
Grupo I: Personal Directivo y Técnicos Titulados en grado superior y medio.
Grupo II: Personal Administrativo.
Grupo III: Mandos Intermedios.
Grupo IV: Personal Operario.
Estos son algunos de los puntos más importantes del Convenio Colectivo Sectorial de Limpieza de Edificios y Locales en la Comunidad de Madrid. No dudes en contactar con nosotros para resolver cualquier duda al respecto y no olvides que en Tres Punto Uno puedes encontrar la empresa de limpieza en Madrid que estás buscando.
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